Hoja de ruta de la reforma constitucional y legal de la República de China antes, durante y después de una transición democrática en China continental: obstáculos del derecho vigente, competencias legislativas y plan de aplicación por etapas

v0.5 | 2026-10-17

Estado de la investigación: publicado (Published). Este texto es una investigación jurídica académica y no constituye autorización, decisión ni dictamen jurídico de ningún órgano.

Resumen

Este artículo toma como objeto la Constitución de la República de China y sus Artículos Adicionales, la Ley que rige las Relaciones entre los Pueblos de la Zona de Taiwán y la Zona Continental (en adelante, «Ley de Relaciones a través del Estrecho»), las leyes sobre la elección presidencial y de cargos públicos, las leyes de nacionalidad y de registro de hogares (huji), la Ley de Régimen Local, la Ley de Referéndum y la Ley de Procedimiento Constitucional, y se plantea una pregunta concreta: si se produjera una transición democrática en China continental, ¿qué medidas preparatorias puede respaldar el ordenamiento vigente de la República de China (Taiwán) y qué cambios solo podrían producirse mediante legislación, reforma constitucional, referéndum ratificatorio o un nuevo mandato democrático?

El análisis avanza en cuatro pasos: primero se determina la jerarquía normativa, después la atribución de competencias, luego se comparan los umbrales de cada procedimiento y, por último, se ordenan las dependencias de secuencia en la aplicación. Los principales hallazgos son los siguientes. Primero, los artículos 2 y 4 de los Artículos Adicionales sitúan en el rango constitucional la comunidad electoral presidencial y la estructura de 113 escaños del Yuan Legislativo; ni los cambios políticos en China continental, ni el registro de población, ni la expansión de la jurisdicción administrativa pueden modificarlas automáticamente. Segundo, la alteración del territorio (art. 4, párrafo 5, de los Artículos Adicionales), la reforma constitucional (art. 12) y los acuerdos sobre cuestiones políticas a través del Estrecho (art. 5-3 de la Ley de Relaciones a través del Estrecho) son tres procedimientos distintos, con umbrales parecidos pero con diferente cuerpo de votantes, rango normativo y mecanismo de entrada en vigor; ninguno puede sustituir a otro. Tercero, la Ley de Relaciones a través del Estrecho define a los «habitantes de la Zona de Taiwán» y a los «habitantes de la Zona Continental» según el registro de hogares, y mediante sus artículos 9-1 y 21, así como el artículo 20, párrafo 2, de la Ley de Elección y Revocación del Presidente y el Vicepresidente, impone a la participación política de los habitantes de la Zona Continental restricciones de distinta intensidad, entre las cuales la relativa a la candidatura presidencial no se extingue con el paso del tiempo. Cuarto, la Sentencia 114 Hsien-Pan n.º 1 del Tribunal Constitucional (19 de diciembre de 2025) declaró inconstitucionales y sin efecto el artículo 4, párrafo 3, el artículo 30, párrafos 2 a 6, y el artículo 95 de la Ley de Procedimiento Constitucional, en su redacción promulgada el 23 de enero de 2025; sin embargo, tres magistrados que no participaron en la deliberación sostuvieron públicamente que la sentencia es nula, de modo que la legitimidad orgánica de la propia jurisdicción constitucional se ha convertido en una cuestión abierta, lo que afecta directamente a la previsibilidad de cualquier plan de reforma que busque confirmación judicial.

Sobre esta base, el artículo propone una hoja de ruta condicional: cada reforma debe precisar su fundamento jurídico, el órgano competente, las condiciones de activación, las reformas legales necesarias, la deliberación pública, las vías de recurso y la prueba verificable de su entrada en vigor. El artículo no presupone la unificación, la federación, un doble gobierno ni ningún otro desenlace político.

Palabras clave: Constitución de la República de China; Artículos Adicionales de la Constitución; transición democrática en China continental; Ley de Relaciones a través del Estrecho; referéndum de reforma constitucional; requisitos electorales; registro de hogares; Tribunal Constitucional; autonomía local

I. Introducción: pregunta de investigación, alcance y límites entre proyectos

1. Planteamiento del problema

Si se produjera una transición democrática en China continental, afectaría a la vez a la condición jurídica de las personas, a la jurisdicción administrativa, a los acuerdos políticos a través del Estrecho, a la composición de los órganos representativos centrales y a la legitimidad constitucional. Estas cuestiones están entrelazadas, pero en derecho deben tratarse por separado. El derecho vigente de la República de China ofrece parte de los procedimientos y una habilitación para legislación especial, pero no ha previsto, ni podría prever, arreglos organizativos y electorales válidos para todos los escenarios futuros.

Por ello, este artículo no responde a la pregunta de «qué desenlace político debería producirse», sino a esta otra: «según los distintos supuestos de hecho, qué órgano puede hacer qué cosa con arreglo a qué norma, y qué procedimientos deben completarse primero». En concreto, se plantean cinco preguntas de investigación:

  • Antes de la transición, ¿qué estudios jurídicos, redacción de leyes modelo y mecanismos consultivos pueden emprenderse lícitamente con el derecho vigente?
  • En la fase inicial de la transición, ¿cómo garantizar los derechos fundamentales, la continuidad judicial y administrativa y los servicios públicos, y cómo limitar los poderes de emergencia?
  • ¿Qué obstáculos oponen los Artículos Adicionales vigentes, los escaños del Yuan Legislativo, la elección presidencial, el procedimiento de reforma constitucional y la Ley de Relaciones a través del Estrecho a la participación de representantes de China continental en los órganos centrales?
  • Si un gobierno democrático de China continental proclamara el restablecimiento del orden constitucional de la República de China y los órganos actuales de la República de China (Taiwán) no estuvieran de acuerdo, ¿cómo distinguir entre la declaración política unilateral, la jurisdicción efectiva, el acuerdo constitucional y el mandato democrático?
  • ¿Qué materias requieren legislación ordinaria y cuáles reforma constitucional, control judicial, negociación entre ambas partes o una nueva aprobación democrática?

2. Alcance y límites entre proyectos

Este artículo (ROC-LEG-01) se ocupa específicamente del texto del derecho vigente, de las competencias legales de los órganos, de los procedimientos de reforma constitucional y legislativa, de los obstáculos jurídicos y de la hoja de ruta de aplicación por etapas. La división del trabajo con los proyectos afines es la siguiente; cuando hay solapamiento se recurre a la remisión cruzada sin repetir la argumentación, y si las conclusiones entran en conflicto se anotan en el registro de conflictos entre proyectos, sin sobrescribirlas en silencio:

  • ROC-CONST-01: legitimidad constitucional, continuidad del Estado, mandato democrático y la crisis constitucional que provocarían gobiernos rivales de la República de China. La sección quinta de su suplemento v1.2 ya fijó el esquema de análisis de las Interpretaciones J.Y. n.º 261 y n.º 328; cuando este artículo utiliza esas dos interpretaciones, se limita a sus implicaciones para los procedimientos del derecho vigente.
  • C-T04: comparación histórica desde las asambleas consultivas provinciales (ziyiju) de finales de los Qing hasta las asambleas provinciales de la República. El capítulo VII de este artículo trata solo el régimen provincial en el derecho vigente; las conclusiones históricas se citan del capítulo VIII de C-T04-P02 (la ampliación de los escaños legales es un hecho cuantificable; la representatividad efectiva debe juzgarse aparte, a partir de los registros nominales y las actas).
  • ROC-TRANS-02: escenarios políticos de participación de los partidos y de la sociedad civil. En esta ronda no se localizó su versión de referencia, por lo que este artículo solo lo excluye del alcance y no lo cita por apartados (véase la limitación L-7 del capítulo XIV).

En este artículo, «República de China (Taiwán)» designa los órganos del Estado que funcionan efectivamente bajo el orden constitucional vigente; los nombres oficiales de leyes, artículos y órganos (como «Zona de Taiwán», «Zona Libre» y «Zona Continental») se emplean siempre según los textos oficiales, sin reformularlos.

II. Método de investigación, niveles de prueba y reglas de cita

1. Fuentes jurídicas y método de verificación

Las fuentes jurídicas primarias son los textos vigentes y sus páginas de «historial legislativo» en la Base de Datos de Leyes y Reglamentos (law.moj.gov.tw), los textos originales de interpretaciones y sentencias en el sitio del Tribunal Constitucional (cons.judicial.gov.tw) y la Gaceta de la Oficina Presidencial. Todas las afirmaciones sobre artículos de esta versión se volvieron a cotejar entre el 16 y el 17 de octubre de 2026 con dichas páginas oficiales (la base de datos indica como fecha de cierre de su compilación el 8 de octubre de 2026). Las noticias de prensa solo se usan para hechos que las páginas oficiales no recogen (como el dictamen jurídico público de tres magistrados), y se señalan en las notas.

2. Niveles de las afirmaciones

Cada afirmación sustantiva lleva uno de los siguientes niveles:

  • 〔A〕 consta expresamente en el texto legal o en el fallo de la sentencia;
  • 〔B〕 interpretación jurídica basada en el texto expreso y en la jerarquía normativa;
  • 〔C〕 controvertida, pendiente de confirmación por los órganos judiciales o legislativos;
  • 〔D〕 diseño de política o propuesta de investigación que aún no cuenta con ninguna autorización.

Los niveles B, C y D no pueden presentarse como A. La periodización (antes de la transición, fase inicial, periodo de transición, largo plazo) es solo un análisis de escenarios, no un plazo que se active automáticamente en derecho.

3. Reglas de cita

Un error frecuente en las citas jurídicas consiste en atribuir la «fecha de la última reforma» de una ley a artículos que esa reforma no tocó. Por ello, este artículo adopta la referencia por artículo: cada cita indica la fecha de promulgación de la última reforma de ese artículo y, cuando la fecha de promulgación y la de entrada en vigor difieren, ambas; la última reforma de la ley en su conjunto se consigna por separado. En el caso de artículos que han perdido vigencia por una sentencia pero cuyo texto sigue apareciendo en la base de datos (art. 30, párrafos 2 a 6, de la Ley de Procedimiento Constitucional), prevalece el fallo de la sentencia.

III. Revisión de la literatura y puntos de controversia

Literatura de este capítulo: parte C de la bibliografía.

Este capítulo no juzga qué propuesta política es preferible; solo recoge los debates académicos directamente relacionados con el análisis jurídico del artículo. La bibliografía figura en la parte C. Las referencias a cada doctrina se limitan a sus tesis generales, sin citas a nivel de página (véase la limitación L-2 del capítulo XIV); la función de este capítulo es señalar dónde se sitúan las controversias, y las conclusiones jurídicas del artículo se apoyan en las fuentes primarias.

1. Rigidez de la reforma constitucional y legitimidad democrática

Los estudios de derecho constitucional comparado sobre la dificultad de la reforma (Lutz 1994; Ginsburg, Elkins y Melton 2009; Albert 2019) señalan que cuanto más alto es el umbral de reforma, más estable es la constitución, pero también más probable es que los grandes cambios políticos se desplacen fuera del procedimiento de reforma. El artículo 12 vigente de la República de China exige la presencia de tres cuartas partes del Yuan Legislativo y el voto favorable de tres cuartas partes de los presentes, y después la aprobación de más de la mitad de los electores de la Zona Libre (calculada sobre el total del censo electoral), lo que, en perspectiva comparada, constituye un procedimiento de reforma extremadamente rígido. Esta rigidez tiene un doble significado para el artículo: por una parte, protege la posición constitucional del electorado actual de Taiwán, pues ningún plan que incorpore a los votantes de China continental a la comunidad electoral central puede eludirlo; por otra, si el ritmo del cambio político fuera mucho más rápido que el que permite el procedimiento de reforma, surgiría la tentación de un «poder constituyente al margen de la constitución». Las teorías sobre los límites del poder de reforma (Roznai 2017) se corresponden con los principios esenciales del «orden constitucional democrático y libre» mencionado en las Interpretaciones J.Y. n.º 499 y n.º 721, y forman el trasfondo de la discusión sobre el «núcleo irreformable» del capítulo X.

2. Acuerdos políticos a través del Estrecho y control democrático

El control parlamentario de los acuerdos a través del Estrecho se convirtió en una cuestión constitucional tras la controversia de 2014 sobre el Acuerdo de Comercio de Servicios. La Interpretación J.Y. n.º 329 excluyó expresamente los acuerdos a través del Estrecho de su definición de «tratado», lo que dejó un vacío en cuanto a las facultades de examen del Yuan Legislativo; el artículo 5-3 de la Ley de Relaciones a través del Estrecho, añadido en 2019, colmó por ley ese vacío en lo relativo a los acuerdos sobre cuestiones políticas. La controversia está en si el umbral de tres cuartos y el referéndum nacional fijados por el artículo 5-3 crean, en el plano legal, un procedimiento próximo a la reforma constitucional, y en cómo se superponen ambos procedimientos si el contenido del acuerdo afecta a la vez a la constitución. Este artículo adopta la tesis del «cumplimiento por separado» (capítulo V), pero reconoce que aún carece de confirmación judicial〔C〕.

3. Territorio, ciudadanía, registro de hogares y derecho de voto

La literatura teórica sobre ciudadanía y derecho de voto (Bauböck 2005; López-Guerra 2014) distingue los distintos fundamentos de legitimidad de la nacionalidad, la residencia y el derecho de sufragio. La particularidad del ordenamiento de la República de China es que utiliza el registro de hogares, y no la nacionalidad, como criterio para distinguir a los «habitantes de la Zona de Taiwán» de los «habitantes de la Zona Continental» (art. 2 de la Ley de Relaciones a través del Estrecho), y toma el registro de hogares y el periodo de residencia como base para calcular el derecho de voto y la elegibilidad en la elección presidencial (arts. 4, 12 y 20 de la Ley de Elección y Revocación del Presidente y el Vicepresidente). La Interpretación J.Y. n.º 618 examinó, con arreglo a la «igualdad material» y al principio de proporcionalidad, el trato diferenciado basado en los años de registro de hogares previsto en la primera parte del párrafo 1 del artículo 21 de la Ley de Relaciones a través del Estrecho en lo relativo a «desempeñar cargos de funcionario público», y lo mantuvo; esa interpretación no alcanzó a la elegibilidad como candidato (véase el capítulo VI, apartado 5). Este hilo determina la estructura del capítulo VI.

4. Justicia constitucional y separación de poderes

Los estudios sobre los tribunales constitucionales de las nuevas democracias (Ginsburg 2003; Yeh 2016) consideran a los magistrados del Yuan Judicial de Taiwán árbitros clave de la transición democrática: la Interpretación J.Y. n.º 261, que puso fin al mandato indefinido de los representantes nacionales de la primera legislatura, es el ejemplo clásico de una transición impulsada por la vía judicial. La Sentencia 114 Hsien-Pan n.º 1 muestra, en cambio, que la composición del propio Tribunal Constitucional y sus umbrales de deliberación también pueden convertirse en objeto de conflicto político. Para este artículo, ello significa que «someterlo a la confirmación del Tribunal Constitucional» no puede tratarse como un paso procesal de riesgo conocido.

5. Constitucionalismo de transición y continuidad institucional

Los estudios sobre justicia transicional y jurisprudencia de la transición (Teitel 1997; Teitel 2000) subrayan que el derecho de los periodos de transición debe romper con el orden anterior y, a la vez, mantener la continuidad suficiente para garantizar el Estado de derecho. Los estudios de derecho internacional sobre la continuidad y la identidad del Estado (Marek 1954; Crawford 2006) y la teoría de la «elaboración constitucional possoberana» (Arato 2016) ofrecen un marco para entender las tesis de «restablecimiento» o «continuación» del orden constitucional de la República de China. Este artículo solo toma de ellas las conclusiones de carácter procesal: la tesis de la continuidad, por sí sola, no genera competencias orgánicas en el derecho vigente. La argumentación sustantiva sobre la continuidad corresponde a ROC-CONST-01.

6. La distinción entre legalidad constitucional y propuestas de reforma política

El último grupo de obras atañe al método: la interpretación constitucional y el diseño constitucional son tipos de argumentación distintos (Elster 1995; Lerner 2011). La clasificación A/B/C/D de este artículo responde a ello. Todo contenido de la hoja de ruta de nivel D es solo una propuesta para que la examinen los órganos legislativos y judiciales, no una descripción del derecho vigente.

7. Cuestiones dogmáticas pendientes

A partir de la literatura y los materiales oficiales anteriores, el artículo identifica seis cuestiones aún no resueltas, que se exponen en los capítulos correspondientes:

  • X-1: si el alcance de los «electores de la Zona Libre» en un proyecto de alteración territorial puede ajustarse por ley (capítulo IV).
  • X-2: el orden y la relación entre el procedimiento de acuerdo político del artículo 5-3 y el procedimiento de reforma constitucional del artículo 12 cuando ambos se activan a la vez (capítulo V).
  • X-3: si la restricción permanente a la candidatura (art. 20, párrafo 2, de la Ley de Elección y Revocación del Presidente y el Vicepresidente) de los «habitantes de la Zona Continental» que obtienen registro de hogares en la Zona de Taiwán es compatible con el principio de igualdad; la Interpretación J.Y. n.º 618 solo trató la parte relativa a los funcionarios públicos (capítulo VI).
  • X-4: si, con arreglo al artículo 9 vigente de los Artículos Adicionales, puede restablecerse por ley el carácter autónomo de la provincia (capítulo VII).
  • X-5: la controversia sobre la eficacia de la Sentencia 114 Hsien-Pan n.º 1 y las reglas vigentes sobre los umbrales de deliberación del Tribunal Constitucional (capítulo VIII).
  • X-6: si el poder de reforma constitucional está sujeto a límites materiales derivados del «orden constitucional democrático y libre» y cuál es su alcance (Interpretaciones J.Y. n.º 499 y n.º 721; capítulo X).

IV. Marco normativo constitucional: órganos centrales, comunidad electoral, territorio y reforma constitucional

Fuentes jurídicas de este capítulo: notas [1], [10], [11], [14], [15], [17] y [21].

1. Texto y versiones

La última reforma de los Artículos Adicionales vigentes fue ratificada por la Asamblea Nacional el 7 de junio de 2005 y promulgada por el presidente el 10 de junio de 2005; dicha reforma modificó los artículos 1, 2, 4, 5 y 8 y añadió el artículo 12〔A〕. El texto vigente de los artículos 9 y 11 procede del texto íntegro reformado y promulgado el 25 de abril de 2000〔A〕. No ha habido reformas posteriores a 2005.

2. La comunidad electoral presidencial (art. 2, párrafo 1)

El párrafo 1 del artículo 2 dispone que el presidente y el vicepresidente son elegidos directamente por «todo el pueblo de la Zona Libre de la República de China», a partir de la novena elección presidencial de 1996; el regreso al país de los habitantes de la Zona Libre residentes en el extranjero para ejercer el derecho de voto se regula por ley〔A〕. La constitución no define la «Zona Libre», pero su ámbito de aplicación se concreta mediante las reglas legales de registro de hogares y residencia (capítulo VI). De ello se deduce que los cambios en la población, la condición jurídica o el registro de hogares de China continental no alteran por sí mismos la comunidad electoral presidencial; para modificar el ámbito electoral hay que identificar primero la habilitación constitucional y después reformar las leyes electorales〔B〕.

3. La estructura de 113 escaños del Yuan Legislativo (art. 4, párrafos 1 y 2)

El artículo 4 dispone que, a partir de la séptima legislatura, el Yuan Legislativo tiene 113 escaños: 73 para los municipios especiales, condados y ciudades de la Zona Libre (al menos uno por condado o ciudad); 3 para los indígenas de las llanuras y 3 para los indígenas de montaña de la Zona Libre; y 34 para la circunscripción nacional y los nacionales residentes en el extranjero. Los escaños territoriales se reparten en proporción a la población, con circunscripciones uninominales delimitadas según el número de escaños a cubrir; los escaños de la circunscripción nacional se eligen por voto a listas de partido y se reparten proporcionalmente entre los partidos que obtengan al menos el 5 % de los votos, y las mujeres no pueden representar menos de la mitad de los electos de cada lista〔A〕. La Interpretación J.Y. n.º 721 (6 de junio de 2014) declaró que el sistema paralelo de circunscripción uninominal con dos votos, los escaños proporcionales por partido y el umbral del 5 % «no vulneran el orden constitucional democrático y libre en que se sustenta la constitución vigente»〔A〕.

De ello se deduce que ni la legislación ordinaria, ni la división administrativa, ni las disposiciones sobre circunscripciones pueden alterar el total de 113 escaños ni su estructura por categorías; ampliar la representación central exige reformar la constitución〔B〕.

4. Alteración del territorio (art. 4, párrafo 5, y art. 1)

La alteración del territorio no está regulada en el artículo 2, sino en el párrafo 5 del artículo 4: el territorio de la República de China, definido por sus fronteras existentes, no podrá alterarse salvo que una cuarta parte de todos los miembros del Yuan Legislativo lo proponga, con la presencia de tres cuartas partes y el voto favorable de tres cuartas partes de los presentes se presente un proyecto de alteración territorial y, transcurridos seis meses desde su publicación, los electores de la Zona Libre lo ratifiquen en referéndum con un número de votos afirmativos válidos superior a la mitad del total del censo electoral〔A〕. El párrafo 1 del artículo 1 dispone además que los proyectos de reforma constitucional y de alteración territorial presentados por el Yuan Legislativo se someterán a referéndum dentro de los tres meses siguientes a los seis meses de su publicación〔A〕.

La Interpretación J.Y. n.º 328 (26 de noviembre de 1993) sostuvo que la delimitación del alcance de las «fronteras existentes» del artículo 4 de la constitución es una cuestión política de gran envergadura que no debe interpretar el órgano de interpretación constitucional〔A〕. Esta interpretación solo eludió la delimitación del alcance territorial; no significa que ningún órgano pueda alterar el territorio sin seguir el procedimiento del párrafo 5 del artículo 4〔B〕. Conforme a la división del trabajo de la sección quinta de ROC-CONST-01 v1.2, este artículo no vuelve a tratar el alcance material de las «fronteras existentes».

Cuestión X-1: quienes ratifican un proyecto de alteración territorial son los «electores de la Zona Libre». Si en el futuro una zona quedara de hecho bajo la jurisdicción de la República de China (Taiwán), que sus habitantes puedan votar en un referéndum de alteración territorial o de reforma constitucional dependerá de si la «Zona Libre» puede redefinirse por ley o si antes es necesario reformar la constitución. Este artículo considera que, mientras no se modifique el texto constitucional, ampliar por ley el cuerpo constitucional de votantes del referéndum plantea dudas de inconstitucionalidad〔C〕.

5. El procedimiento de reforma constitucional (art. 12)

El artículo 12 dispone que un proyecto de reforma constitucional debe ser propuesto por una cuarta parte de los miembros del Yuan Legislativo y presentado con la presencia de tres cuartas partes y el voto favorable de tres cuartas partes de los presentes; transcurridos seis meses desde su publicación, se somete a referéndum de los electores de la Zona Libre y queda aprobado si los votos afirmativos válidos superan la mitad del total del censo electoral〔A〕. El plazo de «referéndum dentro de los tres meses siguientes a los seis meses de su publicación» procede del párrafo 1 del artículo 1; el artículo 12 en sí no fija plazo para el referéndum〔A〕.

La Interpretación J.Y. n.º 499 (24 de marzo de 2000) declaró sin efecto los Artículos Adicionales de 1999 porque el procedimiento de reforma adolecía de un «vicio manifiesto y grave», y señaló que el principio de república democrática, el principio de soberanía popular, la protección de los derechos de las personas y el principio de separación y equilibrio de poderes «tienen una importancia esencial» y constituyen el «orden constitucional democrático y libre»〔A〕. La Interpretación J.Y. n.º 721 reiteró ese criterio de control: salvo que el procedimiento adolezca de un vicio manifiesto y grave o que el contenido vulnere el orden constitucional democrático y libre, la reforma constitucional debe respetarse〔A〕. Cuando se dictaron ambas interpretaciones, el órgano de reforma era la Asamblea Nacional; desde 2005 la reforma la propone el Yuan Legislativo y la ratifica el pueblo en referéndum, y la intensidad con que este criterio se aplica al nuevo procedimiento aún no ha sido examinada por el Tribunal Constitucional〔C〕.

6. La habilitación para legislación especial sobre las relaciones a través del Estrecho (art. 11)

El artículo 11 dispone que los derechos y obligaciones entre los habitantes de la Zona Libre y los de la Zona Continental, así como la gestión de otros asuntos, podrán ser objeto de disposiciones especiales por ley〔A〕. La Interpretación J.Y. n.º 618 confirmó que la Ley de Relaciones a través del Estrecho es la legislación especial dictada en virtud de esta habilitación y, sobre esa base, examinó el trato diferenciado que da a los habitantes de la Zona Continental〔A〕. El artículo 11 autoriza al órgano legislativo a dictar disposiciones especiales, pero no autoriza a ningún órgano a reescribir los artículos 2, 4 o 12〔B〕.

7. Decretos de emergencia (art. 2, párrafo 3, y art. 4, párrafo 6)

El poder que con más probabilidad se invocaría en la fase inicial de la transición es el de dictar decretos de emergencia. El párrafo 3 del artículo 2 dispone que el presidente, para evitar un peligro inminente para el Estado o el pueblo o para hacer frente a una grave crisis financiera o económica, puede dictar decretos de emergencia previo acuerdo del Consejo del Yuan Ejecutivo, sin sujeción a las limitaciones del artículo 43 de la constitución; pero debe someterlos a la ratificación del Yuan Legislativo dentro de los diez días siguientes a su promulgación, y si el Yuan Legislativo no los ratifica, pierden su vigencia de inmediato〔A〕.

La disolución del Yuan Legislativo tiene una regulación propia (art. 4, párrafo 6): si el presidente dicta un decreto de emergencia tras la disolución del Yuan Legislativo, este debe reunirse por sí mismo en un plazo de tres días y ratificarlo dentro de los siete días siguientes a la apertura de la sesión; si el decreto se dicta después del día de la votación para elegir a los nuevos legisladores, lo ratifican estos tras tomar posesión; si no lo ratifican, pierde su vigencia de inmediato〔A〕. El párrafo 5 del artículo 2 dispone además que el presidente no puede disolver el Yuan Legislativo mientras estén vigentes la ley marcial o un decreto de emergencia〔A〕.

El sentido de este conjunto de disposiciones es que un decreto de emergencia puede resolver de forma provisional problemas de seguridad pública y de servicios públicos en la fase inicial de la transición, pero no puede modificar la comunidad electoral ni la estructura de representación, y debe someterse a la ratificación del Yuan Legislativo en un plazo muy breve〔B〕.

8. Significado histórico y límites de la Interpretación J.Y. n.º 261

La Interpretación J.Y. n.º 261 (21 de junio de 1990) exigió que los representantes nacionales de la primera legislatura no renovados periódicamente cesaran en el ejercicio de sus funciones antes del 31 de diciembre de 1991, y que el gobierno central «organizara oportunamente la elección nacional de la siguiente legislatura de representantes nacionales»〔A〕. Según el esquema de la sección quinta de ROC-CONST-01 v1.2, este artículo solo toma su sentido procesal: es un precedente de renovación democrática de los órganos representativos centrales impulsada por la vía judicial, pero las elecciones a que se refiere se celebraron de hecho en la Zona Libre, y de ello no puede deducirse que la democratización de China continental pueda reorganizar automáticamente los órganos centrales vigentes〔B〕.

V. La ley especial sobre las relaciones a través del Estrecho y los límites procesales de los acuerdos políticos

Fuentes jurídicas de este capítulo: notas [1], [2], [9], [12] y [16].

1. Definiciones y fundamento de aplicación (arts. 1 y 2)

El artículo 1 de la Ley de Relaciones a través del Estrecho establece como finalidad de la ley garantizar, antes de la unificación nacional, la seguridad de la Zona de Taiwán y el bienestar de su población, regular los intercambios entre los habitantes de ambas zonas y resolver las cuestiones jurídicas que de ellos se deriven〔A〕. El artículo 2 define: la Zona de Taiwán comprende Taiwán, Penghu, Kinmen, Matsu y las demás zonas sometidas a la autoridad del gobierno; la Zona Continental es el territorio de la República de China situado fuera de la Zona de Taiwán; los habitantes de la Zona de Taiwán son las personas con registro de hogares en la Zona de Taiwán; los habitantes de la Zona Continental son las personas con registro de hogares en la Zona Continental〔A〕.

Hay dos puntos que conviene precisar. Primero, la «Zona Continental» es una definición territorial normativa y no significa que los órganos de la República de China (Taiwán) ejerzan una jurisdicción administrativa efectiva sobre ese territorio〔B〕. Segundo, el criterio para distinguir ambas categorías de habitantes es el registro de hogares, no la nacionalidad ni el hecho de la residencia; esta definición atraviesa todo el análisis del capítulo VI〔A〕.

Versión por artículo: los artículos 1 y 2 tienen la redacción del texto íntegro reformado y promulgado el 29 de octubre de 2003; el artículo 1 entró en vigor, por decreto del Yuan Ejecutivo, el 31 de diciembre de 2003, y el artículo 2 el 1 de marzo de 2004〔A〕. La última reforma de la ley en su conjunto fue la del 8 de junio de 2022 (que modificó los artículos 9, 40-1, 91, 93-1 y 93-2, en vigor el 18 de noviembre de 2022 y el 28 de abril de 2023, respectivamente), y no afectó a los artículos 1, 2, 5, 5-3, 9-1 ni 21〔A〕. Ninguna de las propuestas de 2025 y 2026 para cambiar el nombre de la ley o suprimir la expresión «antes de la unificación nacional» completó el procedimiento legislativo; la página oficial de historial legislativo tampoco registra reforma alguna en ese sentido, de modo que tales propuestas no pueden tratarse como derecho vigente〔A: sin registro en la página de historial; el contenido de las propuestas no se ha cotejado de forma independiente en esta versión〕.

2. Procedimiento general de los acuerdos (art. 5)

El artículo 5 dispone que la institución, la organización civil o la otra persona jurídica de interés público a la que se encomiende la firma de un acuerdo debe remitir el proyecto de acuerdo al órgano que le hizo el encargo, que lo elevará al Yuan Ejecutivo para su aprobación antes de que pueda firmarse (párrafo 1). Si el contenido del acuerdo implica la reforma de una ley o materias que deban regularse por ley, el órgano encargado del acuerdo debe solicitar, dentro de los treinta días siguientes a la firma, que el Yuan Ejecutivo lo remita al Yuan Legislativo para su examen; si el contenido no implica la reforma de una ley ni requiere regulación legal aparte, debe solicitar, dentro de los treinta días siguientes a la firma, la aprobación del Yuan Ejecutivo y remitirlo al Yuan Legislativo para su registro, con tratamiento confidencial cuando sea necesario (párrafo 2)〔A〕.

Hay aquí una bifurcación entre «examen» y «registro»: que el contenido del acuerdo afecte o no a la reserva de ley determina si el Yuan Legislativo lo examina en cuanto al fondo o solo toma nota de él〔A〕. El artículo 5 tiene la redacción de la reforma íntegra del 29 de octubre de 2003 y está en vigor desde el 1 de marzo de 2004〔A〕.

3. Los diez elementos procesales de los acuerdos sobre cuestiones políticas (art. 5-3)

El artículo 5-3 fue añadido y promulgado por decreto presidencial el 21 de junio de 2019 (Gaceta de la Oficina Presidencial n.º 7432), y el Yuan Ejecutivo dictó ese mismo día el decreto Yuan-Tai-Fa n.º 1080180281, que fijó su entrada en vigor el 23 de junio de 2019〔A〕. No ha sido reformado desde entonces; los cuadros comparativos de un proyecto de reforma publicados en 2026 en el sitio web de la autoridad competente son documentos de propuesta y no pueden confundirse con el texto vigente〔A〕. Los diez elementos son los siguientes (paráfrasis, no cita literal):

  • En los acuerdos que versen sobre cuestiones políticas, el Yuan Ejecutivo debe presentar al Yuan Legislativo, noventa días antes del inicio de las negociaciones, un plan de celebración del acuerdo y un informe de evaluación de su impacto constitucional o político grave; el plan requiere la presencia de tres cuartas partes de todos los legisladores y el voto favorable de tres cuartas partes de los presentes para que puedan abrirse las negociaciones〔A〕.
  • Se entiende por acuerdo que versa sobre cuestiones políticas aquel que tiene repercusiones constitucionales o políticas graves〔A〕.
  • El órgano responsable del acuerdo debe negociar conforme al plan de celebración e informar oportunamente al Yuan Legislativo; el Yuan Legislativo o sus comisiones pueden también requerirle que informe〔A〕.
  • Si, a la vista de los informes, el Yuan Legislativo considera que las negociaciones ya no pueden desarrollarse conforme al plan de celebración, puede exigir su terminación por acuerdo de más de la mitad de todos los legisladores; si el Yuan Ejecutivo llega a la misma conclusión, debe poner fin a las negociaciones e informar al Yuan Legislativo〔A〕.
  • En los quince días siguientes a la conclusión de las negociaciones del proyecto de acuerdo, el Consejo del Yuan Ejecutivo debe acordar elevarlo al presidente para su aprobación; en los quince días siguientes a la aprobación presidencial, el Yuan Ejecutivo debe hacer público por propia iniciativa el texto íntegro del proyecto, remitirlo al Yuan Legislativo para su examen e informar sobre el proceso de negociación y la evaluación de impacto〔A〕.
  • La Comisión Plenaria del Yuan Legislativo debe celebrar audiencias sobre el proyecto de acuerdo y la evaluación de impacto antes de su examen en el Pleno〔A〕.
  • El examen del proyecto de acuerdo por el Pleno del Yuan Legislativo requiere la presencia de tres cuartas partes de todos los legisladores y el voto favorable de tres cuartas partes de los presentes; después, el Yuan Ejecutivo remite el proyecto, junto con la pregunta del referéndum y su exposición de motivos, a la Comisión Electoral Central para que organice un referéndum nacional; si los votos afirmativos válidos superan la mitad del total de personas con derecho a voto, el proyecto queda aprobado y, tras su firma por el órgano responsable y el canje de notas, se eleva al presidente para su promulgación y entrada en vigor〔A〕.
  • Al referéndum sobre un acuerdo de cuestiones políticas no se aplican los artículos 9 a 16 de la Ley de Referéndum, el párrafo 1 del artículo 17 en lo relativo a los plazos y el apartado 3 de ese mismo párrafo, el artículo 19, el artículo 23 ni los artículos 26 a 29; en lo no previsto por esta ley se aplica la Ley de Referéndum〔A〕.
  • La supresión o alteración de la condición de Estado soberano y del orden constitucional democrático y libre no puede ser objeto de negociaciones ni de acuerdos sobre cuestiones políticas〔A〕.
  • Las negociaciones o estipulaciones sobre cuestiones políticas realizadas en contravención de este artículo son nulas〔A〕.

La exposición de motivos (explicación de la versión aprobada en tercera lectura por el Yuan Legislativo, 31 de mayo de 2019) contiene tres puntos directamente relevantes para este artículo〔A, según el texto original de la exposición de motivos〕. Primero, el motivo quinto establece expresamente que la negociación y la firma de los acuerdos sobre cuestiones políticas deben realizarlas directamente los órganos de gobierno responsables y que no se les aplica el artículo 5 (firma por instituciones encargadas); por tanto, los artículos 5 y 5-3 no son dos grados, uno leve y otro grave, de un mismo procedimiento, sino dos vías que se excluyen mutuamente. Segundo, el motivo octavo explica que el umbral de tres cuartos y el referéndum del párrafo 7 se establecieron «tomando como referencia el espíritu de la disposición sobre los proyectos de alteración territorial del párrafo 5 del artículo 4 de los Artículos Adicionales de la Constitución»: el legislador quiso deliberadamente que el umbral democrático de los acuerdos políticos se equiparara al de la alteración territorial. Tercero, el motivo décimo invoca la Interpretación J.Y. n.º 499 para explicar que «incluso la reforma constitucional tiene sus límites», y sobre esa base excluye de las materias negociables la condición de Estado soberano y el orden constitucional democrático y libre. El motivo cuarto señala además que, ante discrepancias sobre la definición de «cuestión política», el Yuan Legislativo puede ejercer su control mediante los mecanismos constitucionales previstos en el artículo 3 de los Artículos Adicionales y en la Ley sobre el Ejercicio de las Facultades del Yuan Legislativo.

Estos diez elementos forman una cadena procesal que no admite omisiones: dos umbrales de tres cuartos en el Yuan Legislativo (antes del inicio y tras el examen), un referéndum nacional (con un umbral de aprobación de más de la mitad del total de personas con derecho a voto), dos plazos de «quince días», una prohibición material (elemento 9) y una cláusula de nulidad (elemento 10).

El elemento 9 merece especial atención. La expresión «orden constitucional democrático y libre» que utiliza coincide con la de las Interpretaciones J.Y. n.º 499 y n.º 721, y la exposición de motivos indica expresamente que su fundamento es la Interpretación J.Y. n.º 499. Esto significa que cualquier propuesta que afecte al núcleo constitucional por la vía de un acuerdo político queda excluida de la agenda de negociación ya en el plano legal, sin necesidad de esperar al control de constitucionalidad〔B〕.

4. La Interpretación J.Y. n.º 329 como fundamento a contrario

La Interpretación J.Y. n.º 329 (24 de diciembre de 1993) delimita el alcance del «tratado» en sentido constitucional y, en el último párrafo de sus fundamentos, declara expresamente: «Los acuerdos celebrados entre la Zona de Taiwán y la Zona Continental, al no ser acuerdos internacionales escritos en el sentido de esta interpretación, quedan fuera del ámbito de este caso en cuanto a si deben someterse al examen del Yuan Legislativo»〔A〕. Por ello, la n.º 329 solo puede servir como fundamento a contrario: no respalda que «los acuerdos a través del Estrecho deban examinarse como los tratados», ni que «los acuerdos a través del Estrecho no requieran examen del Yuan Legislativo»〔B〕. En la actualidad, la participación del Yuan Legislativo en los acuerdos a través del Estrecho se basa en las disposiciones legales de los artículos 5 y 5-3 de la Ley de Relaciones a través del Estrecho, no en una interpretación constitucional〔B〕.

5. Comparación de los tres procedimientos de votación

En el derecho vigente hay tres procedimientos de votación relevantes para este artículo: el referéndum nacional ordinario (Ley de Referéndum), el referéndum sobre acuerdos de cuestiones políticas (art. 5-3 de la Ley de Relaciones a través del Estrecho) y el referéndum de reforma constitucional y de alteración territorial (arts. 1, 4.5 y 12 de los Artículos Adicionales). La tabla siguiente los compara〔A, salvo indicación en contrario〕.

Aspecto

Referéndum nacional ordinario

Referéndum sobre acuerdos de cuestiones políticas

Referéndum de reforma constitucional / alteración territorial

Fuente jurídica

Ley de Referéndum

Art. 5-3, párrafos 7 y 8, de la Ley de Relaciones a través del Estrecho

Arts. 1, 4.5 y 12 de los Artículos Adicionales

Rango normativo

Ley

Ley (ley especial)

Constitución

Requisitos de los votantes

Nacionales de la República de China mayores de dieciocho años y no sometidos a tutela (art. 7), con residencia continuada en la República de China de al menos seis meses (art. 8, párrafo 1)

Se aplica la Ley de Referéndum en lo no excluido por el párrafo 8

«Electores de la Zona Libre de la República de China» (término constitucional; los requisitos concretos los fija la ley)

Umbral previo en el Yuan Legislativo

Depende del origen de la iniciativa

Antes del inicio y tras el examen, presencia de tres cuartas partes y voto favorable de tres cuartas partes de los presentes en cada caso

Propuesta de una cuarta parte, presencia de tres cuartas partes y acuerdo de tres cuartas partes de los presentes

Umbral de aprobación

Según la Ley de Referéndum

Votos afirmativos válidos superiores a la mitad del total de personas con derecho a voto

Votos afirmativos válidos superiores a la mitad del total del censo electoral

Calendario de votación

Entre tres y seis meses después de la publicación de su admisión; si en ese periodo hay elecciones nacionales, se celebra el mismo día (art. 23, reformado el 3 de diciembre de 2025)

El art. 23 no se aplica según el párrafo 8

Dentro de los tres meses siguientes a los seis meses de su publicación (art. 1)

¿Puede sustituir a los demás?

No

No: si el contenido del acuerdo exige reformar la constitución, debe seguirse además el procedimiento constitucional〔B〕

No: la reforma constitucional no exime del procedimiento legal del acuerdo〔B〕

Dos precisiones. Primera, el artículo 23 de la Ley de Referéndum reformado el 3 de diciembre de 2025 (celebración del referéndum el mismo día que las elecciones nacionales) no se aplica al referéndum sobre acuerdos de cuestiones políticas, porque el párrafo 8 del artículo 5-3 excluye expresamente el artículo 23〔A〕. Segunda, la Interpretación J.Y. n.º 645 (11 de julio de 2008) consideró constitucional la disposición por la que el Yuan Legislativo somete asuntos a referéndum conforme a la Ley de Referéndum, pero declaró que la disposición según la cual los miembros de la Comisión de Revisión de Referéndums son propuestos por los partidos en proporción a sus escaños en el Yuan Legislativo priva al Yuan Ejecutivo de la facultad de decisión sobre nombramientos que le corresponde según la constitución y vulnera la separación de poderes〔A〕. Esta interpretación recuerda que el diseño de los órganos en el procedimiento de referéndum también está sujeto a la separación de poderes, y que ningún diseño de una «comisión especial de referéndum» durante la transición puede ignorarlo〔B〕.

Cuestión X-2: si un mismo arreglo es a la vez un acuerdo sobre cuestiones políticas y exige reformar la constitución, este artículo considera que deben cumplirse ambos procedimientos y que el cuerpo de votantes del referéndum de reforma constitucional no puede ampliarse a través del referéndum sobre el acuerdo〔B〕. Que la exposición de motivos equipare el umbral del acuerdo al de la alteración territorial, y no al de la reforma constitucional, indica que el legislador no concibió el referéndum sobre el acuerdo como un procedimiento sustitutivo de la reforma constitucional, lo que respalda la lectura del «cumplimiento por separado»〔B〕. El orden entre ambos procedimientos (primero la reforma, primero el acuerdo o simultáneamente) no está previsto expresamente en la ley ni cuenta con precedente judicial〔C〕.

VI. Condición jurídica, registro de hogares y requisitos electorales

Fuentes jurídicas de este capítulo: notas [2] a [6], [15] y [20].

1. Nacionalidad, registro de hogares y condición territorial son hechos jurídicos distintos

El artículo 2 de la Ley de Nacionalidad regula los fundamentos de adquisición de la nacionalidad (versión por artículo: reformado y promulgado el 27 de enero de 2021, en vigor desde el 1 de enero de 2023)〔A〕. Los artículos 1 a 5 de la Ley de Registro de Hogares regulan el ámbito de aplicación del registro, las autoridades competentes (en el nivel central, el Ministerio del Interior; en el local, los gobiernos de los municipios especiales y de los condados y ciudades), el registro por hogar y la prohibición de que una persona tenga simultáneamente dos registros, las clases de inscripción y su gestión por las oficinas de registro de hogares (versión por artículo: los artículos 1 a 3 y 5 tienen la redacción de la reforma íntegra del 28 de mayo de 2008; el artículo 4 fue reformado por última vez el 21 de enero de 2015)〔A〕. Estos artículos no confieren por sí mismos ningún derecho electoral; son la «maquinaria» de la que dependen las leyes electorales al remitirse a los datos del registro de hogares〔B〕.

El artículo 2 de la Ley de Relaciones a través del Estrecho distingue a los «habitantes de la Zona de Taiwán» de los «habitantes de la Zona Continental» según el registro de hogares〔A〕. Así, un mismo nacional de la República de China puede quedar encuadrado en una u otra condición jurídica según dónde tenga su registro de hogares. Nacionalidad, condición territorial, registro de hogares, periodo de residencia y derecho de voto pertenecen a planos distintos, y ninguno puede sustituir directamente a los demás〔B〕. Nota adicional: los artículos 4, 6 y 7 de la Ley de Elección y Revocación de Cargos Públicos no se analizan por separado (las reglas de cálculo de edad y residencia del artículo 4 tienen la misma estructura que las de la Ley de Elección y Revocación del Presidente y el Vicepresidente, y los artículos 6 y 7 son normas orgánicas de los órganos electorales ajenas a la cuestión de la condición jurídica y los requisitos); el artículo 1 de la Ley de Nacionalidad regula el ámbito de aplicación y no contiene afirmaciones sustantivas propias, por lo que el texto principal se basa en el artículo 2.

2. Elección presidencial: circunscripción, derecho de voto, electores y censo

La última reforma de la Ley de Elección y Revocación del Presidente y el Vicepresidente (en adelante, «Ley Electoral Presidencial») en su conjunto es la del 19 de agosto de 2026, que solo modificó el artículo 26〔A〕. Antes, el 9 de junio de 2023, se había hecho una reforma amplia〔A〕. Los artículos relevantes para este estudio son los siguientes:

  • Artículo 3: la elección del presidente y el vicepresidente tiene como circunscripción la Zona Libre de la República de China (versión por artículo: reforma íntegra del 29 de octubre de 2003)〔A〕.
  • Artículo 4: la edad y el periodo de residencia de electores y candidatos se computan hasta el día anterior al de la votación, con base en los datos del registro de hogares; el periodo de residencia se cuenta desde la fecha de inscripción del traslado al registro de hogares (versión por artículo: ídem)〔A〕.
  • Artículo 11: los habitantes de la Zona Libre de la República de China mayores de veinte años tienen derecho de voto (versión por artículo: reformado el 9 de junio de 2023; esa reforma suprimió la excepción relativa a las personas sometidas a tutela, y el texto vigente ya no contiene esa restricción)〔A〕.
  • Artículo 12: quien tiene derecho de voto debe residir actualmente en la Zona Libre de forma continuada desde hace al menos seis meses; o bien haber residido en ella de forma continuada al menos seis meses, encontrarse actualmente en el extranjero, poseer un pasaporte válido de la República de China e inscribirse como elector, dentro del plazo establecido, ante la oficina de registro de hogares de su antiguo domicilio registral (versión por artículo: reforma íntegra del 29 de octubre de 2003)〔A〕.
  • Artículo 16: el censo electoral lo elaboran las oficinas de registro de hogares de cada municipio (xiang, zhen, ciudad o distrito) con base en los datos del registro de hogares; se incluye a todas las personas inscritas en el registro veinte días antes de la votación que reúnan los requisitos de elector (versión por artículo: reformado el 9 de junio de 2023)〔A〕.

Este conjunto de artículos concreta la «Zona Libre» como una comunidad electoral basada en el registro de hogares y la residencia. El orden jurídico para modificarla es el siguiente: primero, determinar si la comunidad electoral del artículo 2 de la constitución admite ampliación; si es necesaria una reforma constitucional, completarla conforme al artículo 12; solo después reformar los artículos 3, 11, 12 y 16, y, por último, que las autoridades de registro de hogares y los órganos electorales la apliquen conforme a la nueva ley〔B〕. La Comisión Electoral Central no puede ampliar la circunscripción mediante disposiciones administrativas〔B〕.

3. Elegibilidad para la candidatura presidencial: artículos 20 y 26

El párrafo 1 del artículo 20 dispone que los electores que hayan residido de forma continuada en la Zona Libre de la República de China al menos seis meses, que hayan estado inscritos en el registro de hogares durante al menos quince años y que tengan cuarenta años cumplidos pueden solicitar su inscripción como candidatos a presidente o vicepresidente. El párrafo 2 dispone que no pueden inscribirse como candidatos a presidente o vicepresidente quienes hayan recuperado la nacionalidad de la República de China, quienes la hayan adquirido por naturalización, ni los habitantes de la Zona Continental o los residentes de Hong Kong y Macao autorizados a entrar en la Zona de Taiwán (versión por artículo: reforma íntegra del 29 de octubre de 2003)〔A〕.

El párrafo 2 es una restricción «categorial»: a diferencia del artículo 10 de la Ley de Nacionalidad (que levanta las restricciones de acceso a cargos públicos de los naturalizados al cabo de diez años, salvo disposición en contrario de otras leyes), del artículo 21 de la Ley de Relaciones a través del Estrecho (que permite inscribirse como candidato a cargos públicos tras diez años de registro) o del párrafo 7 del artículo 24 de la Ley de Elección y Revocación de Cargos Públicos (que exige tres años desde la recuperación de la nacionalidad o diez desde la naturalización para poder inscribirse), no establece ninguna condición temporal de levantamiento, sino que no se extingue con el paso del tiempo〔A〕. Por ello, aunque un habitante de la Zona Continental obtenga conforme a la ley el registro de hogares en la Zona de Taiwán y cumpla el requisito de quince años de registro, sigue sin poder inscribirse como candidato a presidente o vicepresidente〔B〕. Cualquier reforma que permita a personas procedentes de la Zona Continental presentarse a la presidencia debe modificar el párrafo 2 del artículo 20; si ese párrafo es compatible con el principio constitucional de igualdad es, en sí mismo, la cuestión pendiente X-3〔C〕.

El artículo 26 enumera los requisitos negativos que impiden inscribirse como candidato. La reforma del 19 de agosto de 2026 añadió el caso de quienes hayan sido condenados en firme por delitos tipificados en la Ley de Prevención de los Delitos de Fraude (apartado 6); el apartado 16, «estar sometido a una declaración de tutela o de asistencia aún no revocada», sigue siendo un requisito negativo〔A〕. Esta reforma no guarda relación directa con la cuestión de la condición jurídica estudiada aquí y solo se consigna para que la versión sea completa.

4. Elecciones a legislador y a cargos públicos locales

La última reforma de la Ley de Elección y Revocación de Cargos Públicos (en adelante, «Ley Electoral de Cargos Públicos») en su conjunto es la del 1 de julio de 2026, que solo modificó el artículo 26〔A〕. Antes, el 21 de enero de 2026 se reformaron los artículos 57, 70, 71 y 73, y el 18 de febrero de 2025 los artículos 76, 79, 80 y 83, con la adición del artículo 98-2〔A〕. Toda cita que presente las versiones de febrero de 2025 o de enero de 2026 como «versión vigente» está desactualizada.

  • El artículo 2 define los cargos públicos a los que se aplica; su redacción vigente menciona expresamente a los representantes y jefes de los distritos indígenas (versión por artículo: reformado el 28 de mayo de 2014)〔A〕.
  • Artículo 3, párrafo 2: los legisladores de la circunscripción nacional y de los nacionales residentes en el extranjero se eligen por voto a listas de partido (versión por artículo: reforma íntegra del 7 de noviembre de 2007)〔A〕.
  • Artículo 24, párrafo 1: los electores mayores de veintitrés años pueden inscribirse como candidatos a cargos públicos, y para alcalde de municipio especial o jefe de condado (o alcalde de ciudad) se requieren treinta años cumplidos; párrafo 7: solo pueden inscribirse quienes hayan recuperado la nacionalidad de la República de China hace al menos tres años o la hayan adquirido por naturalización hace al menos diez (versión por artículo: reformado el 28 de mayo de 2014)〔A〕.

Los escaños y categorías de la elección legislativa están directamente vinculados por el artículo 4 de los Artículos Adicionales. Para ampliar la representación hay que resolver primero los escaños y circunscripciones constitucionales y después diseñar la legislación ordinaria y las normas electorales; los derechos electorales centrales y locales no pueden deducirse unos de otros〔B〕.

5. Artículos 9-1 y 21 de la Ley de Relaciones a través del Estrecho

El párrafo 1 del artículo 9-1 dispone que los habitantes de la Zona de Taiwán no pueden tener registro de hogares en la Zona Continental ni obtener pasaportes de la Zona Continental. El párrafo 2 dispone que quienes lo incumplan, salvo que los órganos competentes consideren necesaria una consideración especial, pierden la condición de habitantes de la Zona de Taiwán y los derechos de elección, revocación, iniciativa y referéndum en la Zona de Taiwán, de servicio militar, de acceso a cargos públicos y demás derechos derivados de tener registro de hogares en la Zona de Taiwán, y las autoridades de registro de hogares cancelan su inscripción en la Zona de Taiwán (versión por artículo: reforma íntegra del 29 de octubre de 2003, en vigor desde el 1 de marzo de 2004)〔A〕.

El párrafo 1 del artículo 21 dispone que los habitantes de la Zona Continental autorizados a entrar en la Zona de Taiwán, salvo disposición legal en contrario, no pueden inscribirse como candidatos a cargos públicos, desempeñar puestos en la función pública, la enseñanza pública o los organismos y empresas públicas, ni fundar partidos políticos mientras no hayan estado inscritos en el registro de hogares de la Zona de Taiwán durante al menos diez años; y no pueden desempeñar puestos en los organismos de inteligencia ni en determinados organismos de defensa nacional mientras no hayan estado inscritos durante al menos veinte años (versión por artículo: reforma íntegra del 29 de octubre de 2003, en vigor desde el 31 de diciembre de 2003)〔A〕.

La Interpretación J.Y. n.º 618 (3 de noviembre de 2006) examinó la parte de la primera frase del párrafo 1 del artículo 21, en su redacción reformada y promulgada el 20 de diciembre de 2000, relativa a «desempeñar cargos de funcionario público», y consideró que el trato diferenciado consistente en exigir diez años de registro tenía un fundamento razonable y no vulneraba el principio constitucional de igualdad ni el de proporcionalidad〔A〕. Esa interpretación no examinó directamente la parte relativa a «inscribirse como candidato a cargos públicos»; extender directamente sus conclusiones a la elegibilidad de los candidatos es una inferencia de nivel B y no un hecho de nivel A〔B〕.

La relación de estos dos artículos con la cuestión estudiada es muy directa. El artículo 9-1 implica que, en el derecho vigente, el registro de hogares en la Zona Continental y la condición de habitante de la Zona de Taiwán se excluyen mutuamente; el artículo 21 implica que, aunque un habitante de la Zona Continental obtenga registro de hogares en Taiwán, su elegibilidad para cargos públicos sigue sujeta a un periodo de diez años; y el párrafo 2 del artículo 20 de la Ley Electoral Presidencial implica que la candidatura presidencial le está vedada de forma permanente. Los tres forman una escala de restricciones de intensidad creciente〔B〕.

6. Requisitos de aplicación

Cualquier futuro registro de población o de electores debe ocuparse a la vez de la verificabilidad de los datos de identidad, de los criterios antidiscriminatorios, de la protección de datos personales, de las reclamaciones y recursos judiciales y de la fecha de efectos de la inscripción. Los censos de población o los proyectos de circunscripciones que aún no cuenten con habilitación legal solo pueden servir como preparación investigadora y no pueden presentarse como si constituyeran un censo electoral legal〔B/D〕.

VII. Límites legales de la autonomía local y del régimen provincial

Fuentes jurídicas de este capítulo: notas [1], [7], [13] y [22].

1. Las disposiciones concretas del artículo 9 de los Artículos Adicionales

El párrafo 1 del artículo 9 dispone que el régimen local de las provincias y los condados se regula por ley y enumera: la provincia tiene un gobierno provincial con nueve miembros, uno de los cuales es el presidente, todos nombrados por el presidente de la República a propuesta del presidente del Yuan Ejecutivo; la provincia tiene una Asamblea Consultiva Provincial, con un número de consejeros nombrados por el presidente de la República a propuesta del presidente del Yuan Ejecutivo; el condado tiene un consejo de condado cuyos miembros son elegidos por los habitantes del condado; el poder legislativo del condado lo ejerce el consejo de condado; el condado tiene un gobierno de condado cuyo jefe es elegido por los habitantes del condado; la relación entre el gobierno central, las provincias y los condados; y la provincia supervisa, por orden del Yuan Ejecutivo, los asuntos de autonomía de los condados. El párrafo 2 dispone que el ajuste de las funciones, los servicios y la organización del Gobierno Provincial de Taiwán podrá ser objeto de disposiciones especiales por ley〔A〕.

El objeto de la habilitación de ajuste del párrafo 2 es el «Gobierno Provincial de Taiwán», no una cláusula general de supresión del régimen provincial〔B〕. Los consejeros de la Asamblea Consultiva Provincial son de nombramiento, a diferencia de las asambleas provinciales electivas del pasado; en el derecho vigente no existe un órgano legislativo provincial de elección popular〔A〕.

2. El artículo 2 de la Ley de Régimen Local y la Interpretación J.Y. n.º 467

El apartado 1 del artículo 2 de la Ley de Régimen Local dispone que las entidades de autonomía local son las entidades que aplican la autonomía local conforme a esa ley y tienen personalidad jurídica de derecho público; que el gobierno provincial es un órgano desconcentrado del Yuan Ejecutivo; y que la provincia no es una entidad de autonomía local (versión por artículo: redacción de su promulgación del 25 de enero de 1999, sin que ninguna reforma posterior haya afectado a este artículo)〔A〕. La última reforma de la ley en su conjunto es la del 3 de diciembre de 2025, que modificó los artículos 33, 55 a 57, 61 y 83-7, con entrada en vigor de los párrafos 1 y 2 del artículo 55 y de los párrafos 1 y 2 del artículo 56 el 1 de enero de 2026, y no guarda relación con la condición de la provincia〔A〕. Las entidades de autonomía local enumeradas en el artículo 14 (municipios especiales, condados y ciudades, municipios rurales y urbanos y ciudades de condado) no incluyen la provincia, lo que sirve de corroboración; los artículos 15 y 16 regulan la condición y los derechos de los residentes y no tienen relación directa con la condición de la provincia. El fundamento directo de la condición de la provincia es el apartado 1 del artículo 2.

La Interpretación J.Y. n.º 467 (22 de octubre de 1998) sostuvo que, tras la entrada en vigor del artículo 9 de los Artículos Adicionales de 1997, la provincia no ha perdido su condición de nivel del régimen local, pero ya no tiene asuntos de autonomía previstos en la constitución ni potestad de autoorganización, por lo que no es una persona jurídica de derecho público con carácter de entidad de autonomía local; en la medida en que la ley le atribuya competencias y pueda ser sujeto de derechos y obligaciones, la provincia puede tener personalidad jurídica de derecho público〔A〕.

3. Implicaciones para la hoja de ruta de reforma

Cualquier diseño futuro del régimen local debe distinguir al menos cuatro cosas: la experiencia histórica de las asambleas provinciales (citada del capítulo VIII de C-T04-P02), los órganos consultivos del derecho vigente, los órganos de autonomía local con habilitación legal y los órganos representativos de transición que todavía son solo ideas de política. Esta última categoría no puede obtener, por su mera denominación, potestades tributarias, legislativas, ejecutivas ni judiciales〔B〕.

Si la reforma se orientara a restablecer órganos autónomos de elección popular en el nivel provincial, tendría que afrontar el texto expreso del «sistema de nombramiento» de los apartados 1 y 2 del párrafo 1 del artículo 9 y la Interpretación J.Y. n.º 467; mientras no cambie el texto constitucional, crear por ley ordinaria una asamblea provincial de elección popular plantea dudas de inconstitucionalidad (cuestión X-4)〔C〕. Las condiciones sucesivas de una reforma de la organización local son: determinar el ámbito jurídico efectivo y la autoridad competente, identificar los límites constitucionales, aprobar o reformar las leyes orgánicas, establecer la supervisión y la responsabilidad financiera, celebrar elecciones locales conforme a la ley e instaurar los recursos judiciales. La reforma de la estructura de representación central debe respetar además los artículos 4 y 12 y no puede llevarse a cabo únicamente mediante la Ley de Régimen Local〔B〕.

VIII. Justicia constitucional y conflictos de competencia

Fuentes jurídicas de este capítulo: notas [1], [8], [18] y [19].

1. El marco vigente de la Ley de Procedimiento Constitucional

La Ley de Procedimiento Constitucional fue reformada y promulgada el 4 de enero de 2019, con nuevo nombre y un texto íntegro de 95 artículos, y entró en vigor a los tres años de su promulgación (4 de enero de 2022)〔A〕. Los artículos relevantes para este estudio son:

  • Artículo 1: enumera los tipos de asuntos que conoce el Tribunal Constitucional, entre ellos el control de constitucionalidad de normas y de resoluciones judiciales, los conflictos entre órganos, el juicio político (impeachment) del presidente y el vicepresidente, la disolución de partidos políticos inconstitucionales, la garantía de la autonomía local y la interpretación uniforme de leyes y reglamentos (versión por artículo: reformado y promulgado el 21 de junio de 2023, en vigor desde el 7 de julio de 2023)〔A〕.
  • Artículo 47: los órganos supremos del Estado que, en el ejercicio de sus funciones, consideren que una norma que deben aplicar es contraria a la constitución pueden solicitar al Tribunal Constitucional una sentencia de inconstitucionalidad; los órganos inferiores pueden pedir a su órgano superior que presente la solicitud (versión por artículo: reforma íntegra del 4 de enero de 2019)〔A〕.
  • Artículo 49: al menos una cuarta parte del número actual de legisladores, en relación con el ejercicio de sus funciones, puede solicitar al Tribunal Constitucional una sentencia de inconstitucionalidad cuando considere que una norma con rango de ley es contraria a la constitución (versión por artículo: ídem)〔A〕.
  • Artículo 59: las personas cuyos derechos constitucionalmente garantizados hayan sido vulnerados ilícitamente pueden, tras agotar los recursos de instancia conforme al procedimiento legal, solicitar una sentencia de inconstitucionalidad contra la resolución firme definitiva o contra la norma que esta haya aplicado, en un plazo improrrogable de seis meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución definitiva (versión por artículo: reformado el 21 de junio de 2023, en vigor desde el 7 de julio de 2023)〔A〕.

Debe tenerse en cuenta que la reforma promulgada el 23 de enero de 2025 afectó a los artículos 4, 30 y 95; el artículo 1 se reformó por última vez en 2023 y no tiene relación con la reforma de 2025〔A〕.

2. La reforma de 2025 y la Sentencia 114 Hsien-Pan n.º 1

Los artículos reformados y promulgados el 23 de enero de 2025 exigían: cuando el número de magistrados no alcance el fijado en el párrafo 1 del artículo 5 de los Artículos Adicionales, el presidente debe completar las propuestas de nombramiento en un plazo de dos meses (art. 4, párrafo 3); en la deliberación de las sentencias deben participar al menos diez magistrados, y la declaración de inconstitucionalidad requiere el voto favorable de al menos nueve (art. 30, párrafo 2); si no se alcanza el número de participantes, puede dictarse auto de inadmisión con el acuerdo de más de la mitad del número actual de magistrados (párrafo 3); estos umbrales se aplican a las medidas cautelares, al juicio político y a la disolución de partidos (párrafo 4); cuando más de siete magistrados deban abstenerse, todos los que no se abstengan deben participar y se requiere el acuerdo de tres cuartas partes (párrafo 5), y si los que no se abstienen son menos de siete, el asunto no puede juzgarse (párrafo 6); los artículos reformados entran en vigor el día de su promulgación (art. 95)〔A〕.

El 19 de diciembre de 2025, el Tribunal Constitucional dictó la Sentencia 114 Hsien-Pan n.º 1 (número de reparto original 114 Hsien-Li n.º 1; solicitantes: el legislador Ker Chien-ming (柯建铭) y otros 50 legisladores, 51 en total, al amparo del artículo 49). El fallo dispone:

  • Las citadas disposiciones del artículo 4, párrafo 3, del artículo 30, párrafos 2 a 6, y del artículo 95 adolecen de un vicio manifiesto y grave en su procedimiento legislativo, contrario al debido procedimiento legislativo constitucional, y vulneran el principio constitucional de separación de poderes; todas ellas son contrarias a la constitución y pierden su vigencia desde la fecha de publicación de la sentencia〔A〕;
  • El artículo 95 en su redacción anterior a la reforma promulgada el 23 de enero de 2025 sigue aplicándose tras la promulgación de esa reforma〔A〕;
  • Se desestima la solicitud de medidas cautelares〔A〕.

La sentencia la firman cinco magistrados: el presidente de la sala, magistrado Shieh Ming-yan (谢铭洋), y los magistrados Lu Tai-lang (吕太郎), Tsai Tsai-chen (蔡彩贞), Chen Chung-wu (陈忠五) y Yu Po-hsiang (尤伯祥); el ponente fue el magistrado Lu Tai-lang〔A〕.

3. Votos particulares y objeciones públicas: constancia por separado

La sentencia lleva anexos solo dos votos oficiales: el voto concurrente del magistrado Yu Po-hsiang (al que se adhirieron los magistrados Shieh Ming-yan y Chen Chung-wu) y el voto parcialmente concurrente y parcialmente discrepante de la magistrada Tsai Tsai-chen〔A〕. Según la «tabla oficial de posiciones sobre el fallo», los cinco magistrados firmantes se mostraron de acuerdo con los tres puntos del fallo; respecto del primer punto, la magistrada Tsai Tsai-chen mantuvo una posición distinta sobre parte de la fundamentación relativa a que «los párrafos 5 y 6 del artículo 30 vulneran el principio de separación de poderes»〔A, según la tabla de posiciones; el texto de la tabla procede de reconocimiento óptico de un documento escaneado, y su redacción debe contrastarse con el original〕.

Además, los magistrados Tsai Tzung-jen (蔡宗珍), Yang Hui-chin (杨惠钦) y Chu Fu-mei (朱富美), que no participaron en la deliberación del caso, publicaron conjuntamente, el mismo día en que se hizo pública la sentencia, un dictamen jurídico público en el que sostenían que, conforme a la Ley de Procedimiento Constitucional entonces vigente, los ocho magistrados en ejercicio no podían constituir válidamente el Tribunal Constitucional, y que la sentencia firmada por cinco de ellos «carecía de jurisdicción desde el origen» y era nula〔según la información de la Agencia Central de Noticias del 19 de diciembre de 2025; el documento no figura entre los votos anexos a la sentencia〕. El Tribunal Constitucional respondió ese mismo día que la sentencia goza de legitimidad conforme a la constitución〔ídem〕.

Por tanto, no es exacto afirmar que «tres magistrados formularon conjuntamente un voto discrepante»: los tres magistrados no presentaron un voto discrepante anexo a la sentencia, sino que publicaron un dictamen jurídico público al margen del sistema de la sentencia.

4. Situación actual de vigencia

Según el fallo de la sentencia, el párrafo 3 del artículo 4, los párrafos 2 a 6 del artículo 30 y el artículo 95 en su versión de 2025 perdieron su vigencia el 19 de diciembre de 2025, y el artículo 95 anterior a la reforma sigue aplicándose〔A〕. El párrafo 1 del artículo 30 (las sentencias requieren la participación en la deliberación de al menos dos tercios del número actual de magistrados y el acuerdo de más de la mitad de ese número) no fue declarado inconstitucional y sigue siendo la regla de deliberación vigente〔A〕. La versión compilada de la Base de Datos de Leyes y Reglamentos a 8 de octubre de 2026 sigue mostrando el texto de los párrafos 2 a 6 del artículo 30, pero el lector no debe deducir de ello que esas disposiciones siguen vigentes〔A〕.

Por otra parte, el dictamen jurídico público de los tres magistrados ha convertido la eficacia de la propia sentencia en una cuestión controvertida (cuestión X-5). Este artículo deja constancia de la controversia sin tomar partido; solo señala que, en el plano jurídico, la declaración de eficacia del fallo constituye la situación vigente y las objeciones públicas no han revocado la sentencia〔B〕, mientras que, en el plano político, la fuerza vinculante de la sentencia es cuestionada por algunos miembros de órganos constitucionales〔C〕.

5. Implicaciones para la hoja de ruta de este artículo

El Tribunal Constitucional es el órgano de control de controversias al que se refiere el elemento M6 de la matriz del capítulo IX. De ello se derivan tres consecuencias. Primera, si en el futuro órganos u organizaciones de China continental tendrán legitimación para presentar solicitudes debe determinarse caso por caso según el tipo de asunto (solicitud de órganos del artículo 47, de legisladores del artículo 49 o de particulares del artículo 59), la legitimación de las partes y la condición del órgano, sin presuponer su admisión〔B〕. Segunda, el propio umbral de deliberación ha sido objeto de un conflicto entre el poder legislativo y el judicial, por lo que todo paso de la reforma que dependa de la confirmación del Tribunal Constitucional debe prever el riesgo de una «controversia sobre la composición del Tribunal»〔B〕. Tercera, completar el número de magistrados corresponde al procedimiento constitucional de propuesta por el presidente y aprobación por el Yuan Legislativo (art. 5 de los Artículos Adicionales), y no es una cuestión que este artículo pueda resolver mediante una hoja de ruta de reforma〔B〕.

IX. Matriz de obstáculos jurídicos, órganos competentes y vías de reforma

Fuentes jurídicas de este capítulo: notas [1] a [18].

La tabla siguiente sigue el formato «artículo vigente / obstáculo / órgano competente / vía de reforma / escenario / condiciones previas / nivel de prueba» y comprende siete elementos.

N.º

Artículo vigente

Obstáculo

Órgano competente

Vía de reforma

Escenario de activación

Condiciones previas

Nivel

M1 Escaños del Yuan Legislativo

Art. 4, párrafos 1 y 2, de los Artículos Adicionales; Interpretación J.Y. n.º 721

Los 113 escaños y sus categorías están fijados en la constitución y la ley ordinaria no puede cambiarlos

Yuan Legislativo (propuesta y acuerdo); electores de la Zona Libre (referéndum); Comisión Electoral Central (ejecución conforme a la ley)

Reforma constitucional conforme al art. 12 y, después, reforma de la Ley Electoral de Cargos Públicos y de las circunscripciones

S-1, S-2

Determinación lícita del procedimiento de reforma y del cuerpo de votantes del referéndum

A (obstáculo); D (vía)

M2 Elección presidencial

Art. 2, párrafo 1, de los Artículos Adicionales; arts. 3, 4, 11, 12, 16 y 20 de la Ley Electoral Presidencial

La comunidad electoral se basa en la Zona Libre y el registro de hogares; restricción categorial del art. 20, párrafo 2

Yuan Legislativo; electores de la Zona Libre; autoridades de registro de hogares; Comisión Electoral Central

Resolver primero la habilitación constitucional y después reformar la ley electoral y las reglas del censo

S-1, S-2

Habilitación de rango constitucional; régimen legal del registro de hogares y del censo

A (obstáculo); D (vía)

M3 Acuerdos políticos

Arts. 5 y 5-3 de la Ley de Relaciones a través del Estrecho; Interpretación J.Y. n.º 329

Un acuerdo político no puede sustituir a la reforma constitucional ni eludir los dos umbrales de tres cuartos y el referéndum; prohibición material del elemento 9

Yuan Ejecutivo; Yuan Legislativo; presidente; Comisión Electoral Central; totalidad de personas con derecho a voto

Los diez elementos procesales del art. 5-3; si afecta a la constitución, además el art. 12

S-1

Aprobación del plan de celebración; evaluación de impacto; audiencias

A

M4 Régimen local y provincial

Art. 9 de los Artículos Adicionales; art. 2 de la Ley de Régimen Local; Interpretación J.Y. n.º 467

La provincia no es entidad autónoma; la Asamblea Consultiva Provincial es de nombramiento

Yuan Legislativo; Yuan Ejecutivo; entidades de autonomía local

Determinar primero el ámbito jurídico y la habilitación, y después reformar la Ley de Régimen Local y la ley electoral; una asamblea provincial electiva podría requerir reforma constitucional

S-1, S-3

Ámbito jurídico efectivo; autoridad competente; responsabilidad financiera

A (obstáculo); C (necesidad de reforma constitucional)

M5 Condición jurídica y registro de hogares

Arts. 2 y 10 de la Ley de Nacionalidad; arts. 1 a 5 de la Ley de Registro de Hogares; arts. 2, 9-1 y 21 de la Ley de Relaciones a través del Estrecho; Interpretación J.Y. n.º 618

Nacionalidad, condición territorial, registro de hogares, residencia y requisitos de participación política tienen condiciones independientes

Ministerio del Interior y autoridades de registro de hogares; Yuan Legislativo

Reformas legales por separado; la inscripción no puede sustituir a la reforma constitucional ni a la reforma electoral

S-1, S-2, S-4

Autoridad competente legal; verificación de datos; recursos

A (obstáculo); B (orden)

M6 Control de controversias

Arts. 1, 47, 49 y 59 de la Ley de Procedimiento Constitucional; Sentencia 114 Hsien-Pan n.º 1

La legitimación debe acreditarse caso por caso; la composición del Tribunal y los umbrales de deliberación son controvertidos

Tribunal Constitucional; solicitantes

Solicitud según el tipo de asunto; sin presuponer la admisión

S-2, S-3

Legitimación de las partes; composición lícita del Tribunal

A (artículos); C (controversia sobre la composición)

M7 Poderes de emergencia

Art. 2, párrafo 3, y art. 4, párrafo 6, de los Artículos Adicionales

El decreto de emergencia debe ratificarse en diez días (o, en caso de disolución, reunión en tres días y ratificación en siete) y no puede modificar la estructura constitucional

Presidente; Consejo del Yuan Ejecutivo; Yuan Legislativo

Solo para la seguridad y los servicios públicos en la fase inicial de la transición, con cláusula de caducidad

S-1 a S-4

Hechos constitutivos de un peligro inminente o de una grave crisis financiera o económica

A

Códigos de escenario: S-1 integración negociada; S-2 declaración unilateral; S-3 gobiernos rivales; S-4 coexistencia prolongada (capítulo XII).

X. Conflictos normativos y orden de aplicación

Fuentes jurídicas de este capítulo: notas [1], [2], [5], [7], [14] y [17].

Conflicto

Partes en conflicto

Regla de prevalencia

Orden de actuación

Nivel

K-1 Escaños

Escaños de representación central fijados por el art. 4 de los Artículos Adicionales vs. delimitación de circunscripciones en la ley electoral ordinaria

Prevalece la constitución

Completar primero el cambio de rango constitucional y después ajustar la ley ordinaria y las circunscripciones

B

K-2 Electores

Electores de la Zona Libre en sentido constitucional vs. registro de nacionalidad y de hogares

Prevalece la constitución; el registro es solo un dato para determinar los requisitos conforme a la ley

Examinar primero los arts. 2 y 12 de los Artículos Adicionales y la ley electoral, y después reformar las reglas de inscripción

B

K-3 Mecanismo provincial

Régimen vigente de autonomía local vs. mecanismos consultivos o preparatorios de nivel provincial

Prevalecen el art. 9 y la Ley de Régimen Local

Los órganos consultivos no pueden presentarse como asamblea provincial legal; determinar primero la habilitación y después diseñar la organización formal, la designación de representantes y los recursos

B

K-4 Acuerdo y reforma constitucional

Examen y referéndum del acuerdo político del art. 5-3 vs. referéndum de reforma constitucional del art. 12

Ambos se aplican por separado y no pueden sustituirse entre sí

Si ambos procedimientos son aplicables, deben cumplirse por separado; la aprobación administrativa no puede sustituir la decisión legislativa ni la del electorado

B (orden: C)

K-5 Núcleo constitucional

Poder de reforma constitucional vs. orden constitucional democrático y libre

Criterio de las Interpretaciones J.Y. n.º 499 y n.º 721

Toda propuesta de reforma debe evaluar primero si afecta a la república democrática, la soberanía popular, el núcleo de los derechos fundamentales y la separación de poderes

C (X-6)

Umbral de examen: cada propuesta de aplicación debe precisar la disposición que le sirve de fundamento, la autoridad competente, el alcance de la habilitación, las condiciones de activación, las reformas legales necesarias, la deliberación pública, las vías de recurso y la prueba independientemente verificable de su entrada en vigor. La que carezca de cualquiera de estos elementos se calificará como recomendación de política (nivel D) y no como competencia del derecho vigente.

XI. Hoja de ruta condicional por etapas

Las cinco etapas siguientes son hipótesis de investigación, no un calendario establecido. El inicio de cada etapa depende de la existencia de órganos legítimos, de una jurisdicción efectiva y de la conclusión de los procedimientos legales, no del calendario〔D〕.

Etapa 1: antes de la transición (T−)

  • Elaborar el inventario jurídico y probatorio, el inventario de competencias y el registro de riesgos (elementos M1 a M7 de la matriz).
  • Redactar leyes modelo y propuestas comparadas, sin afirmar que cuentan con habilitación.
  • Organizar investigaciones y consultas sin potestades públicas coercitivas; estudiar las cuestiones metodológicas de la representatividad de China continental.
  • Indicar expresamente en todos los documentos preparatorios que no constituyen una habilitación de los órganos vigentes.

Etapa 2: fase inicial de la transición (días 0 a 90)

  • Premisa: existe una autoridad competente legítima y efectiva.
  • Garantizar con prioridad la seguridad de las personas, la libertad personal, los procedimientos judiciales y la continuidad de los servicios públicos.
  • Los decretos de emergencia deben acordarse en el Consejo del Yuan Ejecutivo conforme al párrafo 3 del artículo 2 de los Artículos Adicionales y someterse a la ratificación del Yuan Legislativo en un plazo de diez días; durante la disolución del Yuan Legislativo se aplica el párrafo 6 del artículo 4 (elemento M7 de la matriz).
  • Las medidas de emergencia llevan cláusula de caducidad; la urgencia política no exime del control legal.

Etapa 3: articulación institucional (meses 3 a 18)

  • Con arreglo a las competencias legales ya determinadas, ocuparse del registro de electores, la libertad de partidos, un órgano electoral independiente, los mecanismos democráticos locales y los procedimientos de negociación a través del Estrecho.
  • Cuando sea necesario, legislar o reformar la constitución primero y realizar después los trabajos de circunscripciones y censos (elementos M2 y M5 de la matriz).
  • En esta etapa no se presupone que ninguna zona haya quedado incorporada al ámbito electoral vigente de la Zona Libre.

Etapa 4: mandato democrático (meses 12 a 36)

  • Todo lo que afecte a la estructura de representación central, a la reforma constitucional, a la alteración territorial o a acuerdos sobre cuestiones políticas debe obtener habilitación, respectivamente, conforme al artículo 12 o al párrafo 5 del artículo 4 de los Artículos Adicionales o al artículo 5-3 de la Ley de Relaciones a través del Estrecho (elementos M1 y M3 de la matriz).
  • Los umbrales y cuerpos de votantes de los tres procedimientos de votación no pueden mezclarse (tabla del capítulo V).

Etapa 5: consolidación institucional a largo plazo (años 3 a 10)

  • Funcionamiento de la independencia judicial y del control de constitucionalidad (elemento M6 de la matriz), rendición de cuentas financiera y de la autonomía local, despolitización y nacionalización de las fuerzas armadas, justicia transicional y coordinación constitucional a largo plazo.
  • Las ventanas temporales son solo hipótesis de planificación; el inicio real depende de órganos legítimos, de una jurisdicción efectiva, de los procedimientos legales y de pruebas verificables de aplicación.

Orden de aplicación (transversal a todas las etapas): verificación de las fuentes jurídicas e inventario de competencias → redacción de las propuestas de reforma constitucional y legal → adopción de las decisiones necesarias por los órganos legítimos → reforma de la normativa electoral y administrativa → preparación del registro de población, la delimitación de circunscripciones, la administración electoral y los recursos → aplicación conforme a la ley y auditoría independiente.

XII. Límites de la aplicación del derecho en los distintos escenarios

Fuentes jurídicas de este capítulo: notas [2], [8], [18] y [21].

Los escenarios siguientes solo sirven para analizar las cuestiones jurídicas que activan. La argumentación sistemática sobre su legitimidad democrática, la continuidad del Estado y la crisis de gobiernos rivales corresponde a ROC-CONST-01.

  • S-1 Integración negociada: el consentimiento político de ambas partes no puede sustituir ningún paso legal. Activa los elementos M3 (los diez elementos del art. 5-3), M1 y M2 (si afecta a la estructura de representación central, se requiere reforma constitucional), M4 y M5 de la matriz.
  • S-2 Declaración unilateral: que la parte continental declare el restablecimiento del orden constitucional de la República de China es una declaración política; no constituye un reconocimiento por los órganos vigentes, no genera jurisdicción efectiva ni modifica el ámbito de los electores de la Zona Libre. Activa los elementos M2 (la comunidad electoral no cambia por la declaración) y M6 (si la parte declarante tiene legitimación para presentar solicitudes) de la matriz.
  • S-3 Gobiernos rivales: mientras no se resuelvan las controversias sobre la condición de los órganos y la jurisdicción, no debe afirmarse que un órgano determinado tiene competencias legislativas o judiciales en el derecho vigente. Activa los elementos M6 (incluido el riesgo sobre la composición del Tribunal puesto de manifiesto por la Sentencia 114 Hsien-Pan n.º 1) y M4 de la matriz.
  • S-4 Coexistencia prolongada: lo esencial es mantener normas lícitas para los intercambios de personas, la propiedad, la asistencia judicial y la protección de derechos. Activa el elemento M5 de la matriz (aplicación y posible reforma de los artículos 9-1 y 21) y el procedimiento general de acuerdos del artículo 5 de la Ley de Relaciones a través del Estrecho.

XIII. Conclusiones

La conclusión central de este artículo es que el objetivo político de una transición democrática no puede convertirse automáticamente en competencias orgánicas bajo el ordenamiento vigente de la República de China. La jurisdicción administrativa, la condición jurídica de los habitantes, los acuerdos políticos, la composición de los órganos representativos y la reforma constitucional son cinco cuestiones jurídicas distintas; tratarlas conjuntamente puede causar vicios de habilitación y dificultar el control judicial de los arreglos de transición.

En concreto, la comunidad electoral presidencial y la estructura de 113 escaños del Yuan Legislativo están fijadas por la constitución y solo pueden cambiarse mediante reforma constitucional conforme al artículo 12; la alteración territorial tiene su propio procedimiento en el párrafo 5 del artículo 4; los acuerdos sobre cuestiones políticas a través del Estrecho deben seguir los diez elementos procesales del artículo 5-3, cuyo elemento 9 prohíbe alterar mediante acuerdo el orden constitucional democrático y libre. En el plano de la condición jurídica, el derecho vigente distingue a los habitantes de ambas zonas según el registro de hogares y, mediante los artículos 9-1 y 21 y el párrafo 2 del artículo 20 de la Ley Electoral Presidencial, impone a los habitantes de la Zona Continental restricciones de participación política de intensidad creciente, entre las cuales la relativa a la candidatura presidencial no se extingue con el paso del tiempo. En el plano jurisdiccional, la Sentencia 114 Hsien-Pan n.º 1 restableció las reglas de funcionamiento del Tribunal Constitucional, pero la objeción pública de tres magistrados a su eficacia introduce incertidumbre en el propio eslabón de la confirmación judicial.

Por ello, el resultado de reforma más prioritario no es anunciar de antemano la creación de nuevas instituciones, sino elaborar un inventario de conversión jurídica que puedan examinar los órganos legislativos y judiciales y el público. Cada medida debe precisar su fundamento en el derecho vigente, el órgano competente, las condiciones de activación, las reformas legales necesarias, el orden de aplicación, las vías de recurso y la prueba verificable de su entrada en vigor. La que carezca de cualquiera de estas condiciones esenciales solo puede calificarse como recomendación de política y no puede presentarse como un régimen jurídico ya vigente. Esta hoja de ruta no presupone que la Zona Continental esté bajo la jurisdicción efectiva de los órganos de la República de China (Taiwán), ni prejuzga un desenlace de unificación, federación o nueva constitución.

XIV. Limitaciones de la investigación

  • L-1 Exposición de motivos: se obtuvo la exposición de motivos del artículo 5-3 de la Ley de Relaciones a través del Estrecho (nota [2]) y se utilizó en el capítulo V; aún no se han obtenido las exposiciones de motivos del artículo 12 de los Artículos Adicionales (reforma constitucional de 2005) ni del párrafo 2 del artículo 20 de la Ley Electoral Presidencial, por lo que las interpretaciones correspondientes de los capítulos IV y VI no se basan en ellas.
  • L-2 Literatura académica: las 15 obras de la parte C de la bibliografía se cotejaron una a una el 17 de octubre de 2026 mediante Crossref/DOI, páginas de las editoriales o catálogos de bibliotecas; el texto principal solo cita sus tesis generales, sin citas a nivel de página. La literatura académica y los manuales en chino no se incluyeron en la bibliografía de esta ronda (no se pudieron cotejar ediciones y páginas) y quedan pendientes de incorporación.
  • L-3 Historial por artículo: las fechas de reforma por artículo se obtuvieron cotejando los números de artículo enumerados en las páginas de «historial legislativo» de la Base de Datos de Leyes y Reglamentos; las páginas de historial de cada artículo no estuvieron accesibles en esta ronda, y para algunos artículos más antiguos (como los artículos 1 a 3 y 5 de la Ley de Registro de Hogares) solo pudo rastrearse la última reforma íntegra.
  • L-4 Tabla de posiciones: de la «tabla de posiciones sobre el fallo» de la Sentencia 114 Hsien-Pan n.º 1 solo se obtuvo texto procedente de reconocimiento óptico de un escaneo; el alcance exacto de la posición discrepante de la magistrada Tsai Tsai-chen debe contrastarse con el original.
  • L-5 Objeción pública: el contenido del dictamen jurídico público de los tres magistrados se consigna según la información de la Agencia Central de Noticias, sin haber obtenido el original; si tras la publicación de la sentencia hubo alguna respuesta en el plano legislativo, este artículo no ha verificado su contenido.
  • L-6 Reformas del artículo 26: no se cotejaron apartado por apartado los cuadros comparativos completos de la reforma de 2026 de la Ley Electoral Presidencial ni de la reforma de julio de 2026 de la Ley Electoral de Cargos Públicos; el artículo solo deja constancia de que no guardan relación con la cuestión de la condición jurídica.
  • L-7 Referencias entre proyectos: no se localizó en esta ronda la versión de referencia de ROC-TRANS-02, por lo que solo se excluye del alcance; las referencias a ROC-CONST-01 y C-T04 se limitan a la sección quinta del suplemento v1.2 y al capítulo VIII de C-T04-P02.
  • L-8 Vigencia temporal: todos los artículos se citan según la versión compilada de leyes y reglamentos al 8 de octubre de 2026; las reformas promulgadas con posterioridad quedan fuera del alcance de este artículo.

Notas (referencias por artículo)

[1] Artículos Adicionales de la Constitución de la República de China. Arts. 1, 2, 4 y 5: reformados y promulgados el 10 de junio de 2005 (ratificados por la Asamblea Nacional el 7 de junio de 2005); art. 12: añadido en la misma fecha; arts. 9 y 11: texto íntegro reformado y promulgado el 25 de abril de 2000. Base de Datos de Leyes y Reglamentos: Artículos Adicionales de la Constitución de la República de China (law.moj.gov.tw)

[2] Ley que rige las Relaciones entre los Pueblos de la Zona de Taiwán y la Zona Continental. Arts. 1, 2, 5, 9-1 y 21: texto íntegro reformado y promulgado el 29 de octubre de 2003 (arts. 1 y 21 en vigor desde el 31 de diciembre de 2003; arts. 2, 5 y 9-1 desde el 1 de marzo de 2004). Art. 5-3: añadido y promulgado el 21 de junio de 2019 (Gaceta de la Oficina Presidencial n.º 7432), en vigor desde el 23 de junio de 2019 (decreto del Yuan Ejecutivo Yuan-Tai-Fa n.º 1080180281). Última reforma de la ley en su conjunto: 8 de junio de 2022. Texto vigente de la ley (law.moj.gov.tw); exposición de motivos (texto y explicación de la versión aprobada en tercera lectura por el Yuan Legislativo el 31 de mayo de 2019, reproducidos en el sistema de consulta normativa de la ciudad de Taipéi): exposición de motivos (laws.gov.taipei); nota de prensa de la reunión del Consejo del Yuan Ejecutivo del 28 de marzo de 2019: nota de prensa del Yuan Ejecutivo (ey.gov.tw); proyecto de reforma de 2026 (no es derecho vigente): proyecto de reforma de 2026 (PDF, mac.gov.tw)

[3] Ley de Nacionalidad, art. 2: reformado y promulgado el 27 de enero de 2021, en vigor desde el 1 de enero de 2023; art. 10: reformado y promulgado el 15 de diciembre de 2021. Última reforma de la ley en su conjunto: 24 de mayo de 2024 (arts. 4 a 7, 9 y 20). Ley de Nacionalidad (law.moj.gov.tw)

[4] Ley de Registro de Hogares, arts. 1 a 3 y 5: texto íntegro reformado y promulgado el 28 de mayo de 2008; art. 4: reformado y promulgado el 21 de enero de 2015. Última reforma de la ley en su conjunto: 21 de enero de 2015. Ley de Registro de Hogares (law.moj.gov.tw)

[5] Ley de Elección y Revocación del Presidente y el Vicepresidente, arts. 3, 4, 12 y 20: texto íntegro reformado y promulgado el 29 de octubre de 2003; arts. 11 y 16: reformados y promulgados el 9 de junio de 2023; art. 26: reformado y promulgado el 19 de agosto de 2026. Última reforma de la ley en su conjunto: 19 de agosto de 2026 (solo el art. 26). Ley de Elección y Revocación del Presidente y el Vicepresidente (law.moj.gov.tw)

[6] Ley de Elección y Revocación de Cargos Públicos, arts. 2 y 24: reformados y promulgados el 28 de mayo de 2014; art. 3: texto íntegro reformado y promulgado el 7 de noviembre de 2007; art. 26: reformado y promulgado el 1 de julio de 2026. Última reforma de la ley en su conjunto: 1 de julio de 2026 (solo el art. 26). Ley de Elección y Revocación de Cargos Públicos (law.moj.gov.tw)

[7] Ley de Régimen Local, art. 2: promulgado el 25 de enero de 1999. Última reforma de la ley en su conjunto: 3 de diciembre de 2025 (arts. 33, 55 a 57, 61 y 83-7; párrafos 1 y 2 del art. 55 y párrafos 1 y 2 del art. 56 en vigor desde el 1 de enero de 2026). Ley de Régimen Local (law.moj.gov.tw)

[8] Ley de Procedimiento Constitucional, arts. 1 y 59: reformados y promulgados el 21 de junio de 2023, en vigor desde el 7 de julio de 2023; arts. 47 y 49: texto íntegro reformado y promulgado el 4 de enero de 2019, en vigor desde el 4 de enero de 2022; art. 4, párrafo 3, art. 30, párrafos 2 a 6, y art. 95: reformados y promulgados el 23 de enero de 2025, sin efecto desde el 19 de diciembre de 2025 por la Sentencia 114 Hsien-Pan n.º 1 (el art. 95 anterior a la reforma sigue aplicándose). Ley de Procedimiento Constitucional (law.moj.gov.tw)

[9] Ley de Referéndum, arts. 7 y 8: texto íntegro reformado y promulgado el 3 de enero de 2018; art. 23: reformado y promulgado el 3 de diciembre de 2025. Ley de Referéndum (law.moj.gov.tw)

[10] Interpretación J.Y. n.º 261 del Yuan Judicial (21 de junio de 1990). Interpretación J.Y. n.º 261 (cons.judicial.gov.tw)

[11] Interpretación J.Y. n.º 328 del Yuan Judicial (26 de noviembre de 1993). Interpretación J.Y. n.º 328 (cons.judicial.gov.tw)

[12] Interpretación J.Y. n.º 329 del Yuan Judicial (24 de diciembre de 1993), segundo párrafo de los fundamentos. Interpretación J.Y. n.º 329 (cons.judicial.gov.tw)

[13] Interpretación J.Y. n.º 467 del Yuan Judicial (22 de octubre de 1998). Interpretación J.Y. n.º 467 (cons.judicial.gov.tw)

[14] Interpretación J.Y. n.º 499 del Yuan Judicial (24 de marzo de 2000). Interpretación J.Y. n.º 499 (cons.judicial.gov.tw)

[15] Interpretación J.Y. n.º 618 del Yuan Judicial (3 de noviembre de 2006). Interpretación J.Y. n.º 618 (cons.judicial.gov.tw)

[16] Interpretación J.Y. n.º 645 del Yuan Judicial (11 de julio de 2008). Interpretación J.Y. n.º 645 (cons.judicial.gov.tw)

[17] Interpretación J.Y. n.º 721 del Yuan Judicial (6 de junio de 2014). Interpretación J.Y. n.º 721 (cons.judicial.gov.tw)

[18] Sentencia 114 Hsien-Pan n.º 1 del Tribunal Constitucional (19 de diciembre de 2025), con el fallo, las firmas, la indicación del ponente, la tabla de posiciones sobre el fallo y los dos votos anexos. Texto de la Sentencia 114 Hsien-Pan n.º 1 (cons.judicial.gov.tw); resumen en inglés: resumen en inglés de la sentencia (cons.judicial.gov.tw); nota de prensa del Yuan Judicial: nota de prensa del Yuan Judicial (judicial.gov.tw)

[19] Agencia Central de Noticias (CNA), «宪诉法违宪案 蔡宗珍等3大法官:5人宪判无效【意见书全文】» («Caso de inconstitucionalidad de la Ley de Procedimiento Constitucional: tres magistrados, entre ellos Tsai Tzung-jen, sostienen que la sentencia de cinco magistrados es nula [texto íntegro del dictamen]»), 19 de diciembre de 2025. Artículo de la CNA del 19 de diciembre de 2025 (cna.com.tw)

[20] Agencia Central de Noticias (CNA), «立院三读曾犯诈防条例有罪确定 不得参选总统副总统» («El Yuan Legislativo aprueba en tercera lectura que los condenados en firme por delitos de la Ley de Prevención de los Delitos de Fraude no puedan presentarse a presidente ni vicepresidente»), 4 de agosto de 2026. Artículo de la CNA del 4 de agosto de 2026 (cna.com.tw)

[21] ROC-CONST-01, sprint de investigación, suplemento v1.2 (2026-10-14), sección quinta.

[22] C-T04-P02, «De las asambleas consultivas provinciales de finales de los Qing a las asambleas provinciales de la República», v1.0, capítulo VIII.

Bibliografía

A. Legislación (véanse las notas [1] a [9])

B. Interpretaciones y sentencias judiciales (véanse las notas [10] a [18])

C. Literatura académica (referencias cotejadas el 2026-10-17)

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Las ediciones y páginas concretas de los manuales y monografías de derecho constitucional en chino (como las obras de Wu Geng (吴庚) y Chen Chun-wen (陈淳文); Fa Chih-pin (法治斌) y Dong Bao-cheng (董保城); o Hsu Tzong-li (许宗力)) aún no se han cotejado, por lo que esta versión no las incluye en la bibliografía, para no citar datos de edición sin verificar.

Este artículo también está disponible en chino simplificado (original), chino tradicional, inglés, francés, alemán y español.

v1.0 | 2026-10-22

Registro de revisión: revisión independiente de Editorial, 2026-10-21. Conclusión: PASS.